Header Ads

Empleados de CFE, SAT y Banxico estarían facultados para portar armas; Senado discutirá la reforma

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que facultaría a empleados de organismos públicos como la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Banco de México (Banxico) para portar armas de fuego, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales establecidos.

La propuesta, impulsada durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, fue avalada con 476 votos a favor y dos abstenciones, y modifica 57 artículos del marco normativo vigente.

Alcance de la reforma

La modificación permite que integrantes de organismos con funciones públicas —entre ellos empresas paraestatales y órganos autónomos— puedan portar armas, siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos legales. Entre las instituciones contempladas se encuentran la Comisión Nacional de Energía (CNI), Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Casa de Moneda de México.

Asimismo, el dictamen contempla que personas físicas y morales, como empresas de seguridad privada, puedan obtener permisos para portar armamento en el desempeño de funciones específicas, bajo la supervisión y autorización expresa de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Controles y obligaciones

El diputado Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano, subrayó que la reforma incorpora mecanismos de control y seguimiento para garantizar el uso adecuado del armamento. Las instituciones que obtengan licencias colectivas deberán informar a la Sedena sobre el personal autorizado, sus credenciales y el tipo de armas asignadas. La Sedena, a su vez, tendrá la facultad de inspeccionar de forma periódica las armas registradas, lo que permitirá un mayor control tanto federal como local.

Uso de armas en el sector rural

En otro apartado, la reforma amplía el derecho de posesión y portación de armas a ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo. Estos sectores podrán portar rifles calibre .22 o escopetas de cualquier calibre permitido, siempre que acrediten su condición mediante documentación oficial. Quedan excluidas, sin embargo, las escopetas con cañones inferiores a 635 milímetros y aquellas con calibres mayores a 12 (.729 pulgadas).

Paso siguiente: el Senado

La iniciativa pasará ahora al Senado de la República, donde será analizada y eventualmente votada. La propuesta ha generado debate entre quienes la consideran un refuerzo a la seguridad institucional y quienes advierten sobre el riesgo de incrementar el acceso legal a armamento en un país con altos índices de violencia.

La discusión continúa abierta en el ámbito legislativo y social, en medio de una creciente preocupación por el equilibrio entre seguridad, legalidad y control de armas.

No hay comentarios.